# El Gobierno Nacional establece nuevos requisitos para mejoras nutricionales de alimentos básicos

> El Gobierno Nacional expidió el Decreto 380 de 2026, estableciendo los requisitos técnicos obligatorios para la fortificación del arroz blanco

- URL: https://sectorial.co/alimentos/fortificacion-obligatoria-de-alimentos-basicos/
- Publicado: 2026-04-24 · Actualizado: 2026-06-03
- Sección: Alimentos
- Autor: Carlos Escobar

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El Gobierno Nacional expidió el Decreto 380 de 2026, estableciendo los requisitos técnicos obligatorios para la fortificación del arroz blanco, la harina de maíz y la de trigo, independientemente de si son de producción nacional o importados. La normativa busca proteger el derecho a la alimentación adecuada y erradicar las deficiencias de micronutrientes, con especial énfasis en niños menores de 12 años y mujeres gestantes. Estas medidas responden a los hallazgos de la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional (ENSIN), la cual evidenció carencias significativas de elementos esenciales como hierro, zinc y vitaminas A, B12 y D en la población colombiana.

## Alimentos: análisis y cifras

Bajo la nueva regulación, el arroz blanco o pilado de consumo humano directo deberá fortificarse con ácido fólico, hierro y zinc en proporciones mínimas de 2,0, 24 y 25 miligramos por kilogramo, respectivamente. Por su parte, la harina de maíz, utilizada tanto en el hogar como en la elaboración de derivados, tendrá que incorporar hierro (30 mg/kg), zinc (30 mg/kg) y vitamina A (2,8 mg/kg). Finalmente, la harina de trigo deberá ser adicionada con seis nutrientes clave: vitamina B1 (6 mg/kg), vitamina B2 (4 mg/kg), niacina (55 mg/kg), ácido fólico (1,54 mg/kg), hierro (45 mg/kg) y zinc (30 mg/kg). Se exceptúan de estas obligaciones productos específicos como el arroz orgánico, los arroces especiales (salvaje, basmati, jazmín, etc.) y aquellos destinados a la elaboración de sushi.

El decreto estipula que la fortificación debe realizarse invariablemente antes de la comercialización de los productos, ya sean vendidos a granel o empacados. Para el caso de bienes importados que no cumplan con las especificaciones desde su origen, el proceso podrá efectuarse dentro del territorio nacional en establecimientos industriales vigilados por el Invima y las autoridades de salud pertinentes. Asimismo, se establece como obligación que todos los derivados producidos en el país utilicen harinas previamente fortificadas conforme a estos nuevos parámetros.

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Fuente: Sectorial — inteligencia sectorial y análisis de mercado de Colombia (https://sectorial.co/).
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