Anualmente, el Ministerio de Salud recibe cerca de 190 mil reclamos por una mejor atención médica a través de tutelas. De acuerdo con la Corte Constitucional, tres de cada diez tutelas piden mejor atención en salud, sin embargo, en algunas ocasiones este recurso ha sido mal utilizado, con solicitudes absurdas que congestionan los despachos judiciales.
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Muestra de lo anterior, son los casos de peticiones aprobadas por los tribunales consideradas insólitas, entre ellas las siguientes:
– Un paciente adicto al sexo al que se le fue aprobada una tutela contra la EPS para proveerle una muñeca inflable con repuesto, pues de acuerdo con la Comisión de Regulación en Salud (Cres), de no suplirse esta necesidad, se estaba violando el derecho a la salud.- Un paciente que requería lentes tuteló a la EPS para suministrarle montura transition marca Antonio Banderas de $1.500.000, ya que, según el usuario, las demás no cumplían con las condiciones ergonómicas. – Un paciente con limitaciones físicas tuvo un fallo a favor ante la solicitud de un carro para poderse movilizar en la ciudad. – Un paciente en condición de discapacidad que debía practicar un deporte ganó una tutela en la que se le ordenó a la EPS suministrarle todos los insumos deportivos y bebidas hidratantes. – Una paciente que demandó un respirador eléctrico obligó a la EPS a pagarle el recibo de la energía.
Aunque muchas de las solicitudes son improcedentes, han sido aprobadas por los jueces, quienes terminan afectando la capacidad financiera de los servicios de salud, ya que, en múltiples casos, como los expuestos anteriormente, las tutelas no tienen que ver con el suministro de productos o servicios de la salud, pero el dinero sale del presupuesto del sector, lo que genera un hueco en las finanzas.
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Por este motivo, diversos fallos judiciales han generado un descontento entre los actores del sector salud, especialmente las EPS, que son las principales implicadas, pues se ven obligadas a comprometer parte de los recursos a la prestación de servicios que no se encuentran incluidos en el Plan de Beneficios de Salud.
El Presidente de Nueva EPS, José Fernando Cardona Uribe, manifestó al respecto que “algunas de estas tutelas van en contravía de los conceptos médicos y las regulaciones del país, pero como resultado de decisiones judiciales las EPS deben disponer de los recursos de la salud para amparan este tipo de gastos”.
Una de las responsabilidades de los actores de la salud es garantizar que los recursos designados sean usados exclusivamente para la prestación de servicios de salud, sin embargo, ante este tipo de decisiones, se ven obligados a realizar inversiones de dinero no consideradas e incluso sus cuentas han sido embargadas, cuando la ley establece que los recursos de la salud son inembargables.
Este panorama ha abierto la incógnita de si es necesario que el país cuente con jueces especializados en salud, de manera que puedan concentrarse netamente en estos casos, con un mayor conocimiento de cómo funcionan los recursos del sector, para lograr decisiones judiciales más ajustadas tanto a las necesidades del usuario, como al alcance de los actores, y de esta forma facilitar la administración y gestión de las finanzas del sector, en concordancia con la recién aprobada ley de Punto Final.