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El Viacrusis Contable Tributario del Empresario Colombiano

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Un calvario fiscal y contable parece haber sido el transcurso del año 2013 para los empresarios colombianos. Improvisación y falsos anuncios de cambios y mejora por parte del gobierno nacional han sido los protagonistas de este año que aún no acaba.

Foto: www.sxc.hu (Autor:Darren Shaw)

Primera Estación – Promulgación de la Reforma Tributaria
La reforma tributaria publicada el 26 de diciembre de 2012 que entró en vigencia el primero de enero de 2013, generó premura en la toma de decisiones al inicio del año fiscal, cuando aún no se había terminado de entender su verdadero alcance, convirtiendo está en la mayor reforma de las últimas décadas.
Segunda Estación – Cambios en la Tarifa de IVA
Fueron unificadas las tarifas especiales del impuesto sobre las ventas en el 5% y hubo variación en los bienes y servicios gravados a tarifa general del 16%, así como en bienes y servicios excluidos y exentos. Y el tiempo otorgado para modificar los precios anunciados al público? Solo un mes.
Tercera Estación – Implementación del Impuesto al Consumo
Con la reforma tributaria promulgada solo el 26 de diciembre de 2012, el primero de enero de 2013 entró en vigencia del impuesto nacional al consumo, en especial para aquellos servicios excluidos de IVA como es el caso del servicio de bares y restaurantes, sin período de gracia alguno para incluir el cambio.
Cuarta Estación – Falsa Reducción del Impuesto sobre la Renta
Aunque se anuncia por parte del gobierno la disminución de la tarifa del impuesto sobre la renta del 33% al 25%, el mismo solo fue dividido en dos impuestos diferentes que juntos proporcionan una tarifa superior a la anterior.
Quinta Estación – Estrenando CREE
Nuevo impuesto sobre la renta para la equidad, el CREE entró a gravar los ingresos del año 2013 con una tarifa del 9% sobre una base superior a la del impuesto sobre la renta, el resultado, tarifa efectiva sobre la renta superior al 34%.
Sexta Estación – Nueva Determinación de Retención en la Fuente para Personas Naturales
Los primeros meses del año estuvieron inundados de cambios constantes en la forma de determinar la base de retención en la fuente de las personas naturales y fue así que un escenario común en las empresas era el hecho de solicitar diferentes certificaciones a sus empleados para establecer criterios y montos deducibles para estos, lo que generó inmensa confusión, la cual aún no termina.
Séptima Estación – Cambios de Periodicidad en la Presentación de Declaraciones de IVA
En bimestrales, cuatrimestrales y anuales, quedaron clasificados los períodos en que los empresarios deben presentar dichas declaraciones dependiendo del monto de sus ingresos en el año 2012. Los más perjudicados, los de menores ingresos clasificados dentro del período anual, quienes deben hacer dos anticipos del 30% cada uno durante el año 2013, tomando como base lo pagado en el año 2012, y un restante 40% al cierre del período con la presentación de la declaración sobre la misma base. Al parecer para el estado no es absurdo pagar un IVA en 2013 sobre una base del 2012.
Octava Estación – Despedida del Beneficio de Auditoría
Con el 2013 queda atrás el beneficio de auditoría, el cual permitía a los contribuyentes reducir el término de firmeza de la declaración de renta (que legalmente es de dos años) a cambio de un incremento en el impuesto a cargo, desde ahora, los empresarios deberán esperar dos años con la posibilidad latente de un escudriño de su declaración de renta por parte de la DIAN.
Novena Estación – Autorretenedores de CREE
Con tarifas del 0,3%, 0,6% y 1,5% se promulgó en agosto el esperado decreto que establece la condición de autorretenedores de CREE para todas las sociedades comerciales, pero una vez más, desconoce las bases mínimas. Menos disponible a la espera de una futura devolución de saldo a favor, ese es el escenario en materia del CREE para el empresario colombiano.
Décima Estación – Adiós a los Contratos de Estabilidad Jurídica
Aquellos inversionistas que pretendían garantizar una estabilidad tributaria en materia legal mediante la suscripción de los famosos contratos de estabilidad jurídica que otorgaban el compromiso por parte del estado de excluir a dichas empresas de los incrementos en tarifas de los impuestos directos, deberán hacerse a la idea de que este mecanismo ha desaparecido y solo se respetarán los contratos firmados antes de la reforma tributaria.
Décima Primera Estación – Nuevas Exigencias para los Prestadores de Servicios
Se impone a las empresas contratantes la carga de verificar que sus prestadores de servicios realicen aportes al sistema de seguridad social sobre la base de sus ingresos mensuales, so pena de desconocer la deducibilidad de dicho pago, y generando en algunas ocasiones contratiempos en el pago de los contratos suscritos con personas naturales antes de la entrada en vigencia de la norma.
Décima Segunda Estación – Precios de Transferencia
A partir del año gravable 2013 las operaciones económicas entre una empresa ubicada en el territorio aduanero nacional y su vinculada en zona franca estará sometida a estudio de precios de transferencia.
Décima Tercera Estación – Cambios en los Trámites para Devolución de Impuestos
Los constantes cambios generados al interior de la DIAN para el proceso de solicitud de devolución de saldos a favor ha convertido el ejercicio de dicho derecho por parte de los contribuyentes en un panorama inseguro y confuso.
Décima Cuarta Estación – Anuncios Anticipados de Decretos que Nunca se Firman
Ha sido común por parte del estado, el tratar de calmar los ánimos de los contribuyentes a través de anuncios de proyectos de decretos que benefician a los mismos, como la base mínima en materia de CREE y en los últimos meses, la presunta reducción en retención en la fuente en materia de compras, sin embargo, dichos decretos nunca ven la luz del día y no dejan de ser simples proyectos, lo que afortunadamente sucedió con aquel que anunció la semestralidad en la presentación de la información exógena, idea que desconoce lo dispendioso que puede llegar a ser para una empresa la presentación de medios magnéticos dos veces al año.
Décima Quinta Estación – Implementación de Normas Internacionales de Información Financiera
Más allá de los cambios tributarios, encontramos la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF (Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´s) en Colombia), que tienen como finalidad adecuar a estándares internacionales la contabilidad colombiana, permitiendo así que los estados financieros de una empresa en Colombia puedan ser interpretados en cualquier parte del mundo, lo que no significa que desaparezcan las normas contables colombianas, ni mucho menos que las NIIF tengan un trasfondo tributario. En conclusión, las empresas en Colombia deberán manejar tres tipos de contabilidades con diferentes finalidades, una bajo las normas colombianas o COLGAP, otra bajo las NIIF y otra para efectos fiscales.
Eso si, no debemos olvidar que todos los cambios y los demás que decidan implementarse por parte del Gobierno Nacional, se deben llevar a la par con el normal desarrollo de la empresa y el cumplimiento de sus obligaciones legales, contables y tributarias, sin período de gracia alguno para su adecuación y su incumplimiento conllevará siempre cuantiosas sanciones….ahí está el calvario.
Gloria Patricia Jaramillo AristizábalAbogadaEspecialista en Derecho Comercial – Legislación Tributaria – Negocios InternacionalesExperta en Fiscalidad Internacional
gloriapja@hotmail.com
www.gloriapja.wix.com/tributaria

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