En octubre de 2019 la Corte Constitucional declaró inexequible la reforma tributaria radicada por el gobierno. Ante esta situación, el presidente Iván Duque anunció que radicarían nuevamente el proyecto tributario, el cual presentó algunos cambios.
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En el gobierno de Juan Manuel Santos, ante la caída del precio del petróleo que generó un desplome de los ingresos de la nación de $24 billones, se sancionó como Ley de la República una reforma tributaria, denominada Ley 1819 de 2016, la cual estableció cambios estructurales en el país, entre ellos el sistema de recaudación tributario, las penalizaciones a evasores de impuestos y el aumento del IVA del 16% al 19%.
En su momento, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, advirtió que las medidas eran necesarias para conservar la calificación crediticia del país con el fin de mantener el rumbo de la inversión extranjera, pues, de lo contrario, se recortarían los recursos para programas sociales, al tener que pagar el Estado unos intereses más altos.
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Dos años después, con Iván Duque como presidente, se presentó otra reforma que tenía por objeto principal captar mayores recursos para el Presupuesto General de la Nación, impulsar la competitividad mediante la simplificación de los trámites por parte del Estado y congelar los impuestos a sectores generadores de empleo, conocida como Ley de Financiamiento. Esta propuesta fue aprobada por el Congreso y el presidente Duque la sancionó como la ley 1943, empezando a regir a partir del 1 de enero de 2019. Los puntos clave de la Ley eran los siguientes:
1. Llevar la tarifa del impuesto a la renta al 30% en el 2022.2. Cero impuestos durante diez años para las inversiones en el agro.3. Cero impuestos para emprendimientos culturales, creativos y digitales durante cinco años.4. Prisión y sanciones para los evasores.5. Hotelería y turismo con tarifas diferenciales del 9% durante diez años.6. Impuesto a la renta del 27% para megainversiones.7. Oportunidades para declarar activos escondidos y pasivos inexistentes sin las consecuencias de la Ley.8. Reformas relacionadas con el IVA y el Impuesto Nacional al Consumo.9. Impuesto al patrimonio.10. Disposiciones de renta para personas naturales.
En octubre de 2019 la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley de Financiamiento debido a vicios procedimentales en su trámite. El Gobierno tiene que presentar una nueva reforma y debe ser aprobada antes del 31 de diciembre, sino se regresa a partir del 1 de enero al régimen tributario anterior, es decir, a la Ley 1819 de 2016.
Así las cosas, a finales de noviembre se radicó la ponencia en la que se evalúan y proponen manejos fiscales eficientes como la creación de una comisión para estudiar los beneficios tributarios actuales de la nación y también el fomento a la contratación de personas entre 18 y 28 años, devolviendo hasta un 120% en la declaración de renta por pagos que se realicen de salario, en el caso de que sea el primer empleo de las personas en ese rango.
Adicionalmente, propone simplificar las operaciones en las que entidades provenientes del extranjero o gobiernos realicen inversiones o donaciones al estado sin la necesidad de estar ligadas a un acuerdo internacional.
Por último, se destacan las medidas que el Gobierno ejercerá sobre el IVA, luego del anuncio de que habrá tres días al año sin este régimen, así como la devolución de este impuesto para la población más vulnerable. La nueva reforma también propone la modificación de los pagos de salud de los pensionados que reciben el salario mínimo, a quienes se les reducirá este concepto del 12% al 4%, de forma gradual, a 2022.
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