Por intuición o conocimiento general sabemos que el inventor de una máquina, el autor de un libro o el escritor de un pliego de música en cierto modo es dueño de su obra. Esto implica consecuencias de las cuales la mayoría de personas son conscientes como lo es el hecho de que no se pueda copiar o comprar simplemente un ejemplar de esas obras sin tener en cuenta los derechos implícitos en ellas. Cada vez que las personas adquieren bienes protegidos, parte de lo que se paga es retribuido al propietario como recompensa por el tiempo, dinero, esfuerzo y las ideas que invirtió en la creación de la obra. Por razones administrativas, la propiedad intelectual se aborda generalmente en el marco de los siguientes títulos:
Foto: www.sxc.hu (Autor: Artem Chernyshevych)
Para entender los conceptos que giran en torno a la propiedad intelectual, se debe comprender las principales características de la mayoría de tipos de propiedad. El titular de la propiedad tiene libertad para utilizarla como desea, siempre que esto no infrinja la ley, y para impedir a terceros que utilicen así ese objeto de su propiedad. La expresión propiedad intelectual se reserva a los tipos de propiedad que son el resultado de creaciones de la mente humana, del intelecto, entre algunos de los objetos que tienen derecho a esta protección se encuentran: Circuitos integrados, discos, diseños para objetos, emisiones de radiodifusión, fórmulas químicas, indicaciones geográficas de origen, interpretaciones, invenciones, juegos y programas de computador, logos, materiales, marcas, nombres de empresas, perfumes, procesos industriales, entre otros.
Por razones administrativas, la propiedad intelectual se aborda generalmente en el marco de los siguientes títulos:
Las obras literarias, artísticas y científicas, como el caso de los discos y libros, tiene la protección mediante la legislación relativa al Derecho de Autor.
Las interpretaciones o ejecuciones, las emisiones de radiodifusión, como el caso de los conciertos, tiene la protección mediante los Derechos Conexos al Derecho de Autor.
Las invenciones, como es el caso de los nuevos tipos de maquinaria, tienen protección mediante las Patentes.
Las marcas, nombres, designaciones comerciales, logos o los nombres de un producto que tiene un origen geográfico único como la Champagna, tiene protección mediante las Marcas.
La importancia de los derechos de autor radica en la justicia de que la persona que invierte trabajo y esfuerzo en una creación intelectual recoja ciertos frutos como resultado de su esfuerzo. Adicionalmente, al conceder protección a la propiedad intelectual, se fomentan esfuerzos y las industrias basadas en esa labor pueden progresar pues las personas se dan cuenta de que ese trabajo implica una ganancia financiera.
Procedimiento para el Registro de Marcas
Cuando se pretende registrar un producto o servicio, este se debe ubicar dentro de la Clasificación Internacional de Niza (clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas), la cual trae 45 clases.
La finalidad del registro es darle publicidad al hecho de la apropiación de la marca, que quiere ser conocida por las mismas autoridades y demás comerciantes. El titular del registro es el legítimo propietario de la marca y los efectos que contraiga. El registro es la única prueba idónea para acreditar la propiedad sobre la marca.
Los medios de defensa para la protección de una marca se enmarcan en:
Protección comercial por competencia desleal y pedir la indemnización de perjuicios causados por la misma.
Proceso de medidas cautelares, las cuales pueden consistir en: Obligar al usurpador a prestar caución para garantizar que se abstenga de realizar los hechos por los cuales ha sido demandado, decomiso de los artículos fabricados con violación de la marca, prohibición de hacerle propaganda a dichos artículos o servicios, secuestro de la maquinaria o elementos que sirven para fabricar los artículos con los cuales se infringe la marca, y cualquier medida equivalente.
Protección penal por el delito de usurpación de marcas y patentes.
Los derechos que confiere el registro son:
Propiedad sobre la marca.
Derecho de uso exclusivo.
Impedir a cualquier tercero realizar actos como: Aplicar o colocar la marca o signo distintivo idéntico o semejante sobre productos para los cuales se ha registrado la marca, suprimir o modificar la marca con fines comerciales, fabricar objetos que contengan la marca y usar en el comercio un signo idéntico o similar.
Finalmente el trámite del registro consiste en consultar si ya la marca se encuentra registrada, presentar la solicitud ante el Ministerio de Industria y Comercio, y por último la publicación en la gaceta del Ministerio.