Con la llegada del cierre de año, es habitual que se vayan fijando fechas para el cumplimiento de las diferentes obligaciones en materia tributaria, mercantil y contable. La Superintendencia de Sociedades ha publicado las suyas.
Uno de los propósitos de la Supersociedaes es ofrecer información empresarial oportuna, consolidando así una supervisión constructiva, pedagógica y preventiva que fortalezca la cultura empresarial del autocontrol mediante el desarrollo de medidas adecuadas en administración del riesgo de los supervisados, además de entregar tanto al sistema empresarial como al gobierno y sus agentes de interés información contable, financiera y no financiera valida.
Es importante precisar en primera instancia que las entidades obligadas a reportar sus estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2013 son aquellas sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales que se encuentren en estado de vigilancia o control por parte de esta Superintendencia; del mismo modo aquellas bajo inspección.
Los estados financieros individuales, con corte al 31 de diciembre de 2013, certificados y dictaminados, deberán ser entregados teniendo en cuenta las fechas señaladas a continuación de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación:
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
01-05
Martes 25 de Marzo
51-55
Martes 08 de Abril
06-10
Miércoles 26 de Marzo
56-60
Miércoles 09 de Abril
11-15
Jueves 27 de Marzo
61-65
Jueves 10 de Abril
16-20
Viernes 28 de Marzo
66-70
Viernes 11 de Abril
21-25
Lunes 31 de Marzo
71-75
Lunes 21 de Abril
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
26-30
Martes 01 de Abril
76-80
Martes 22 de Abril
31-35
Miércoles 02 de Abril
81-85
Miércoles 23 de Abril
36-40
Jueves 03 de Abril
86-90
Jueves 24 de Abril
36-40
Viernes 04 de Abril
91-95
Viernes 25 de Abril
46-50
Lunes 07 de Abril
96-00
Lunes 28 de Abril
Es importante recordar que aquellas sociedades que tengan múltiples cierres contables dentro de un mismo año deben solicitar autorización de envío al Grupo de Informes Empresariales para poder diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente para su presentación en la fecha establecida. Además, deben presentarse adicionalmente el informe de gestión (no aplica para las sucursales de sociedades extranjeras), el dictamen del revisor fiscal con firma digital y las notas a los estados financieros.
Para realizar la presentación, el usuario debe contar con el mecanismo de certificado digital, el cual será entregado sin costo alguno por parte de la Superintendencia mediante su página web (www.supersociedades.gov.co) al representante legal, contador y revisor fiscal en caso de haberlo para que la información pueda ser reportada.
Otro de los informes que deben entregarse es el de Prácticas Empresariales, el cual recae sobre las entidades en vigilancia o control y debe ser diligenciado por los administradores de las entidades obligadas para ser presentado en las siguientes fechas:640Jueves 03 de Abril86-90
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
Últimos dos dígitos del NIT
Envío de información
01-10
Lunes 05 de Mayo
51-60
Lunes 12 de Mayo
11-20
Martes 06 de Mayo
61-70
Martes 13 de Mayo
21-30
Miércoles 07 de Mayo
71-80
Miércoles 14 de Mayo
31-40
Jueves 08 de Mayo
81-90
Jueves 15 de Mayo
41-50
Viernes 09 de Mayo
91-00
Viernes 16 de Mayo
Están obligadas a diligenciar esta información las sociedades comerciales y empresas unipersonales vigiladas, controladas o inspeccionadas, aún cuando estén en concordato, en acuerdo de reestructuración o reorganización empresarial. A excepción de las sucursales de sociedades extranjeras y las sociedades que se encuentren en proceso de liquidación voluntaria, obligatoria o judicial.
La idea no es sancionar, sino que el empresario mejore sus prácticas. Según la Superintendencia, el porcentaje de sociedades que incurre en incumplimientos está en el 7%, lo que representa una mejoría, ya que en el 2012 llegó al 10%. La consecuencia de esto es someterse a investigaciones y posibles multas, que pueden ir hasta los 200 salarios mínimos diarios, según fuentes de la entidad.
*Artículo desarrollado con información de la Superintendencia de Sociedades