La entidad encargada de certificar el Interés Bancario Corriente, la Superintendencia Financiera de Colombia, decidió reducir en un punto básico el nivel máximo de interés de los créditos de consumo y ordinarios.
De esta forma, todo establecimiento comercial o persona que cobre una tasa de interés superior al 33.5% EA durante el próximo trimestre incurrirá en el delito de usura. A su vez, a través de la resolución 0488 del 28 de marzo de 2017 la Superintendencia certificó el Interés Bancario Corriente para el crédito de consumo y ordinario en 22.33%, presentando una diferencia de un punto básico frente a la tasa anterior.
De igual manera, se dio a conocer la tasa máxima que se permitirá cobrar hasta septiembre en relación a los microcréditos y a los nuevos créditos de bajo monto. Así, los microcréditos contarán con tasa máxima de 55.1% EA, mientras que en los créditos de bajo monto será de 53.21%.
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