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Dos Años Más de Arancel al Calzado

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El arancel a las importaciones de calzado y confecciones recibió una prórroga de dos años más con la expedición del decreto 1786 del 2 de noviembre. De esta manera los bienes que ingresen al país a precios menores o iguales a los umbrales establecidos por la ley deberán pagar 35% más para el caso de calzado y 40% para el caso de confecciones.

En el caso de las confecciones, la normatividad indica que el umbral del precio por el cual se paga arancel del 40% corresponde a los 10 dólares por kilo. En el caso del calzado el umbral establecido oscila entre los 6 y 10 dólares de acuerdo con el tipo de calzado al cual se haga referencia. En caso de que el precio declarado supere dichos umbrales, el arancel que se paga es del 15%.

Con la actualización del decreto se complementaron las medidas de control aduanero actualmente vigente con el decreto 1745 de 2016 y otras medidas en materia del reglamento de etiquetado y descripciones mínimas de mercancía. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, junto con la DIAN también han manifestado la evaluación de los umbrales y la solicitud de incluir otros sectores dentro de estos mecanismos de control de comercio exterior para el futuro reciente.

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