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Las Quejas y Reclamos de la TV Comunitaria y por Suscripción Irán a la SIC

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Fuente imagen: Pixabay

A raíz de la liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) que ordenó la Ley 1978 de 2019, será la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la encargada de velar por la protección de los usuarios de televisión por suscripción y comunitaria.
Según esta ley, la SIC será la autoridad única de control y vigilancia a las empresas que conforman el sector TIC, entre ellas la telefonía móvil y fija, el internet, servicios de correo y televisión. Otra novedad es que los usuarios podrán pedir “favorabilidad sobre las peticiones que no sean atendidas por el operador dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación, aplicando de esta manera el silencio administrativo positivo”. Esto quiere decir que sí usted presenta una queja ante su operador de televisión y este no le responde dentro de los quince días hábiles siguientes, se entenderá que su reclamación ha sido resuelta en su favor.
Esta medida hace parte de la reforma al sector TIC que el presidente Iván Duque sancionó recientemente y con la que se pretende modernizar el sector y sus reguladores. Ahora, la Comisión de Regulación de Comunicaciones será la única entidad reguladora del sector.

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