La reforma tributaria ha traído importantes cambios fiscales para el sector gastronómico, especialmente para las franquicias de restaurantes. Uno de los principales impactos está relacionado con la reclasificación en el impuesto nacional al consumo, lo que ha generado un aumento significativo en los costos operativos de estas franquicias.
Tratamiento Tributario Anterior para Restaurantes Franquiciados
Antes de la reforma, existía una diferenciación en el tratamiento tributario según la figura jurídica del prestador del servicio.
Los restaurantes que operaban bajo el modelo de franquicia podían mantenerse en el régimen común del IVA, lo que les permitía:
- Cobrar IVA en lugar del impuesto nacional al consumo.
- Descontar el IVA pagado por bienes y servicios adquiridos.
Esto representaba una ventaja competitiva frente a otros establecimientos que estaban obligados a cobrar el impuesto nacional al consumo sin derecho a descuento.
Cambios en el Impuesto Nacional al Consumo (Desde 2017)
Con la entrada en vigencia de la reforma tributaria, a partir del 1 de enero de 2017, se redefinió el hecho generador del impuesto nacional al consumo del 8%, incluyendo los siguientes servicios:
- Venta de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, heladerías, panaderías, entre otros.
- Servicios prestados bajo franquicia, concesión, regalía, autorización u otro sistema que implique explotación de intangibles.
- Servicios de alimentación bajo contrato y consumo de alimentos y bebidas alcohólicas en bares y discotecas.
Esto implica que los restaurantes franquiciados ya no pueden permanecer en el régimen de IVA y deben ahora recaudar el impuesto nacional al consumo, sin posibilidad de descontar el IVA de sus insumos.
Aumento en los Costos Operativos por Efecto del IVA
Uno de los principales impactos es el incremento en los costos de operación. Al pasar al régimen de impuesto nacional al consumo, las franquicias deben:
- Pagar IVA del 19% en la adquisición de bienes y servicios.
- No poder descontar ese IVA, ya que están obligadas a recaudar el impuesto al consumo del 8%, que no genera derecho a descuentos tributarios.
Además, no todos los alimentos están exentos de IVA, solo aquellos considerados básicos de la canasta familiar. Esto eleva el valor real de los insumos y reduce la rentabilidad.
Pérdida de Beneficios Tributarios para Franquicias
Con estos cambios, las franquicias pierden las ventajas fiscales que tenían frente a los restaurantes tradicionales. Ahora:
- Todos los restaurantes, sean franquicias o no, deben tributar bajo las mismas condiciones.
- El costo del IVA se convierte en un gasto deducible, pero ya no representa una oportunidad de optimización fiscal.
Conclusión
La reforma tributaria en Colombia ha igualado las reglas del juego entre las franquicias de restaurantes y los establecimientos independientes, eliminando los beneficios que antes tenían las primeras. Esto ha generado un aumento en los costos tributarios, afectando la rentabilidad y obligando a las franquicias a replantear sus estrategias fiscales y operativas.