El Gobierno Nacional ordenó reducir drásticamente la exposición internacional de los fondos de pensiones obligatorias. Mediante el Decreto 0369 de 2026, se estableció un límite global del 30,0 % para las inversiones fuera de Colombia. La decisión busca llevar el ahorro del país hacia proyectos locales relevantes, como la infraestructura, con el objetivo de reducir la diferencia económica que muestra una inversión de cerca del 20,0 % del PIB y un ahorro nacional de solo el 8,0 %. La norma plantea una transición de cinco años, exigiendo reducir el tope externo al 35,0 % en el primer trienio hasta alcanzar la meta definitiva.
Según el diario La República, el Ministerio de Hacienda liderará la creación de un banco de proyectos para identificar iniciativas públicas y privadas compatibles con los requisitos de seguridad, rentabilidad y liquidez exigidos por la Ley 100. Adicionalmente, el Ejecutivo determinó que los flujos provenientes de nuevas cotizaciones deberán destinarse a inversiones nacionales hasta cumplir el techo fijado. En caso de que una administradora decida superar el límite del 30,0 %, estará obligada a presentar un documento técnico ante la Superintendencia Financiera justificando la falta de oportunidades locales que garanticen el bienestar del ahorro individual.
Representantes gremiales como Asofondos advierten sobre los graves riesgos de la repatriación forzada de recursos, señalando que los afiliados serían los principales perjudicados. Se estima que los fondos administran cerca de 500.000 millones de pesos, de los cuales alrededor de 250.000 millones están invertidos en el exterior. Expertos argumentan que obligar a vender activos internacionales de manera apresurada generaría pérdidas de valor, menor conversión cambiaria y serias dificultades para encontrar alternativas rentables en el mercado nacional, donde actualmente escasean los proyectos con una relación adecuada entre riesgo y retorno.
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