El cálculo de la retención en la fuente para trabajadores independientes en Colombia ha cambiado en los últimos años, afectando a profesionales y contratistas que prestan servicios personales. Con las modificaciones introducidas por la Ley 1607 de 2012 y su reglamentación en el Decreto 0099 de 2013, la forma de aplicar la retención ya no sigue las reglas anteriores.
En este artículo, se explica de manera clara cómo funciona el nuevo cálculo, a quiénes afecta y qué se debe tener en cuenta para optimizar el pago de impuestos.
¿Qué Cambió en la Retención para los Trabajadores Independientes?
Antes, la retención en la fuente para profesionales independientes se calculaba con base en un procedimiento derogado por la Ley 1607 de 2012. Con la entrada en vigor de esta norma, se introdujo un nuevo grupo de contribuyentes denominado “Empleados”, lo que modificó la forma en que algunos trabajadores independientes deben tributar.
Según el artículo 329 del Estatuto Tributario, se considera empleado a toda persona que:
- Presta servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o técnicas.
- No utiliza materiales, insumos o maquinaria especializada para su labor.
- Obtiene al menos el 80% de sus ingresos de estas actividades.
Además, para ser clasificado como empleado bajo esta norma, el trabajador debe ser persona natural residente en Colombia y no superar los 27.000 UVT en ingresos anuales.
¿Cómo se Calcula la Retención en la Fuente en 2024?
A partir de estas modificaciones, la retención en la fuente para trabajadores independientes se rige por la tabla de retención aplicable a los ingresos laborales, definida en el artículo 383 del Estatuto Tributario.
Tabla de Retención en la Fuente para Ingresos Laborales Gravados
Rango en UVT | Tarifa Marginal | Fórmula de Cálculo |
---|---|---|
0 – 95 | 0% | No aplica retención |
95 – 150 | 19% | (Ingreso en UVT – 95) * 19% |
150 – 360 | 28% | (Ingreso en UVT – 150) * 28% + 10 UVT |
Más de 360 | 33% | (Ingreso en UVT – 360) * 33% + 69 UVT |
Para 2024, el valor de 1 UVT es $47.065 (según actualización de la DIAN).
Por ejemplo, si un trabajador independiente genera ingresos gravados por 120 UVT mensuales:
- Se encuentra en el rango de 95 a 150 UVT.
- Se aplica la fórmula: (120 – 95) * 19%.
- Resultado: 4,75 UVT de retención, equivalentes a $223.059.
¿A Quiénes Afecta este Cambio?
Este nuevo método de retención en la fuente aplica principalmente a:
- Profesionales independientes que prestan servicios personales.
- Técnicos especializados que no usan maquinaria o insumos en sus labores.
- Trabajadores por prestación de servicios que cumplen con la categoría de “empleado” según el Estatuto Tributario.
Nuevas Obligaciones para Empresas y Contratantes
Con la Ley 1607, también se estableció un requisito adicional para las empresas que contratan servicios personales. Según el artículo 378-1, las empresas deben:
- Expedir un certificado de inicio o terminación de contrato.
- Reportarlo a la DIAN en los plazos establecidos.
- Entregar una copia al trabajador independiente o empleado.
Este nuevo procedimiento genera una mayor fiscalización y obliga a las empresas a llevar un mejor control sobre la contratación de servicios.
Conclusión
La nueva metodología para calcular la retención en la fuente de los trabajadores independientes en Colombia busca ajustar la tributación a la realidad económica de los profesionales. Si eres un trabajador independiente, es clave que entiendas:
- Cómo te clasifica la DIAN según tu actividad.
- Cuál es tu base gravable y cómo aplicar la retención correcta.
- Las obligaciones que tienen tus contratantes y cómo afectan tu contabilidad.
Mantenerse informado y planificar bien la carga tributaria ayuda a evitar sanciones y optimizar el pago de impuestos.