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Nueva Regulación sobre la Implementación de las NIIF-NIC en Colombia

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El pasado 27 de diciembre el Gobierno Nacional emitió los Decretos 3019, 3022, 3023 y 3024 referentes al proceso de adopción de las NIIF en Colombia. A continuación presentamos los aspectos más relevantes de cada uno de los decretos antes mencionados:

Foto: www.sxc.hu (Autor:Marcelo Gerpe)

Decreto 3019 – Por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para Microempresas
Aplicarán las NIIF para Microempresas, aquellas entidades que cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:

Contar con una planta de personal (independientemente de la naturaleza jurídica del contrato) no superior a diez (10) trabajadores.
Poseer activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
Tener ingresos brutos anuales inferiores a seis mil (6.000) SMMLV.

El cálculo del número de trabajadores y de los activos totales, se hará con base en el promedio de doce (12) meses, correspondiente al año anterior al periodo de preparación obligatoria definido en el cronograma establecido.
Descargue el decreto completo aquí
Decreto 3022 – Por el cual se reglamenta la Ley 1314 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2
Las entidades que corresponden al Grupo 2, a las cuales les corresponde aplicar las NIIF para PYMES, podrán hacer adopción de las NIIF plenas establecidas para el Grupo 1, conservando el calendario de aplicación de las NIIF correspondiente el Grupo 2.
Se adjunta el marco normativo de las NIIF para PYMES que deben aplicar las entidades que correspondan al Grupo 2.
Descargue el decreto completo aquí
Decreto 3023 – Por el cual se modifica parcialmente el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de la información financiera que conforman el Grupo 1, contenido en anexo del Decreto 2784 de 2012
Se incluyen dentro del Marco Técnico Normativo de las NIIF plenas aplicables a las entidades del Grupo 1, las enmiendas (cambios) a las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el IASB durante el año 2012.
Descargue el decreto completo aquí
Decreto 3024 – Por el cual se modifica el Decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones
Conforman el Grupo 1:a) Las entidades y negocios fiduciarios que tengan valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, b) Las entidades y negocios de interés público y c) Las entidades que no estén en los literales a) y b) anteriores, que cuenten con una planta de personal mayor a 200 trabajadores o con activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y que, adicionalmente, cumplan con cualquiera de los siguientes parámetros:

Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF plenas.
Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF plenas.
Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas.
Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas respectivamente.

En el caso de entidades cuya actividad comprenda la prestación de servicios, el porcentaje de las importaciones se medirá por los costos y gastos al exterior y el de exportaciones por los ingresos. Cuando importen materiales para el desarrollo de su objeto social, el porcentajedecompras se establecerá sumando los costos y gastos causados en el exterior más el valor de las materias primas importadas. Las adquisiciones y ventas de activos fijos no se incluirán en esté cálculo. Descargue el decreto completo aquí
Jhon Jairo Morales RendónSocio y Representante LegalMaso Consultores Asociados y Cía. S.A.S.Carrera 43A No. 14-27, Oficina 402, MedellínTeléfono: 268 86 48
Mail: jmorales@masoconsultores.com.co

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