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Tratamiento Tributario de los Trabajadores No Residentes

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El tratamiento fiscal de los trabajadores extranjeros que no son residentes en Colombia genera múltiples dudas, especialmente en lo que respecta a la retención en la fuente y el impuesto sobre la renta. En este artículo, explicaremos las reglas clave, la normativa aplicable y los convenios para evitar la doble imposición.

¿Quiénes Son Considerados No Residentes Fiscales?

Un trabajador extranjero se considera no residente fiscal en Colombia si no cumple con los requisitos de residencia establecidos en el Estatuto Tributario. Esto implica que su tratamiento fiscal es diferente al de un trabajador colombiano o un extranjero residente.

Retención en la Fuente para Trabajadores No Residentes

De acuerdo con el Oficio DIAN 010479 del 3 de mayo de 2016, basado en el Oficio DIAN 007254 del 9 de marzo de 2015, los trabajadores extranjeros no residentes deben tributar bajo la tarifa establecida en el Artículo 247 del Estatuto Tributario, que es del 33% sobre sus ingresos en Colombia.

Sin embargo, si un trabajador extranjero cumple con los requisitos de residencia fiscal, aplicará la tarifa correspondiente a un nacional residente.

Tributación de Trabajadores No Residentes y Deducciones

Un trabajador extranjero que no sea residente fiscal en Colombia:

  • Debe tributar sobre la totalidad de sus ingresos de fuente colombiana.
  • No puede aplicar costos ni deducciones que reduzcan la base gravable del impuesto.
  • La retención en la fuente se aplica sin posibilidad de restar deducciones, lo que significa que tributa sobre el ingreso bruto.

Si el trabajador es ciudadano de un país que no hace parte de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias (Nueva York, 1990), no podrá acceder a beneficios adicionales en materia tributaria.

Convenios para Evitar la Doble Imposición

Para evitar que los trabajadores extranjeros tributen dos veces por el mismo ingreso, Colombia ha firmado acuerdos con varios países. Estos convenios establecen reglas especiales para determinar la residencia fiscal y el tratamiento de las rentas obtenidas en el país.

Los tratados aprobados hasta la fecha son:

  • España – Ley 1082 de 2006
  • Chile – Ley 1261 de 2008
  • Suiza – Ley 1344 de 2009
  • Canadá – Ley 1459 de 2011
  • México – Ley 1568 de 2012
  • Portugal – Ley 1692 de 2013
  • Corea del Sur – Ley 1667 de 2013 (vigente desde el 3 de julio de 2014)
  • India – Ley 1668 de 2013 (vigente desde el 7 de julio de 2014)

Estos tratados permiten a los trabajadores extranjeros acogerse a un régimen especial de tributación, reduciendo o eliminando la doble imposición sobre sus ingresos en Colombia y en su país de origen.

El tratamiento tributario de los trabajadores no residentes en Colombia implica una retención del 33% sobre sus ingresos, sin posibilidad de aplicar deducciones. Sin embargo, los convenios para evitar la doble imposición pueden brindar beneficios a los extranjeros provenientes de países con los que Colombia tiene acuerdos vigentes.

Es fundamental que las empresas y los trabajadores extranjeros verifiquen su estatus fiscal y revisen si pueden acogerse a los beneficios de estos tratados para optimizar su carga tributaria.

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