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La semana pasada el Gobierno Nacional presentó la Ley 2009 de 2019 que regula los servicios bancarios gratuitos, la cual había sido aprobada y sancionada finalizando el año pasado. El objetivo de esta normatividad es que los consumidores financieros puedan recibir de las entidades financieras un paquete mínimo de servicios sin costo como contraprestación al cobro de las cuotas de manejo de cuentas de ahorros, tarjetas débito y tarjetas crédito.
Con base en esta nueva normatividad los usuarios de cuentas de ahorros podrían acceder a por los menos tres de los siguientes servicios: talonario o libreta para cuentas de ahorro, consignación nacional, retiro por ventanilla en una oficina diferente a la de radicación de la cuenta con talonario o libreta, copia de extracto en papel, certificación bancaria o expedición cheque de gerencia.
La definición del paquete mínimo de productos o servicios es potestad de la entidad captadora de recursos, pero esta debe “informar a sus usuarios de manera clara y oportuna a través de todos sus canales de comunicación la composición del paquete mínimo de productos y/o servicios al que tendrán acceso sin costo. adicional en el respectivo mes”.