La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió una nueva resolución para modificar las reglas que determinan la tasa de descuento y otras variables financieras aplicables a los procesos de libre concurrencia. Dichos procesos buscan suplir las necesidades del Sistema de Transmisión Nacional (STN) mediante la instalación y operación de equipos en niveles de tensión inferiores a 220 kV. La actualización normativa, respaldada en las facultades otorgadas por las Leyes 142 y 143 de 1994, tiene como propósito fundamental modernizar, simplificar y garantizar la eficiencia económica en la adjudicación de las obras de infraestructura energética.
Según el documento oficial de la CREG, las inversiones serán remuneradas a la persona jurídica que presente el menor Valor Presente del Ingreso Anual Esperado. La tasa de descuento utilizada para comparar los precios ofertados corresponderá a la última cifra aprobada por la entidad antes de la publicación oficial de cada convocatoria. El periodo estándar de pagos para los proyectos adjudicados se fija en 25 años; no obstante, la entidad contratante podrá modificar dicha duración justificando los criterios técnicos y económicos ante la Comisión. Durante todo el ciclo de pagos, el inversionista seleccionado asumirá la responsabilidad total por la administración, operación y mantenimiento continuo de los activos.
El nuevo marco regulatorio establece límites estrictos para el Ingreso Anual Esperado, determinando que no podrá superar un porcentaje máximo calculado como la tasa de descuento más un 2,5%, ni ser inferior a la tasa de descuento menos un 2,5%. Además, la liquidación y el pago mensual se actualizarán anualmente utilizando el Índice de Precios al Productor de bienes de capital de los Estados Unidos, y se efectuarán en pesos colombianos aplicando la Tasa de Cambio Representativa del Mercado. Al finalizar el periodo de 25 años, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) evaluará la necesidad de mantener el proyecto en operación, requiriendo un concepto técnico especializado para determinar si los activos pueden integrarse formalmente al sistema de distribución o si deben ser reemplazados.
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