La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a las empresas Comunicación Celular S.A. – Comcel S.A. (Claro) y Colombia Móvil S.A. E.S.P. Tigo por vulnerar el régimen de protección al consumidor. Claro fue multada con $1.534.000.000, al probarse que emitió publicidad engañosa dentro de las campañas “¿Miedo? ni que mis redes gastaran datos” y “elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”. Por su parte, la multa de Tigo fue de $1.343.000.000 por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.
En el caso de Tigo, la Superintendencia estableció que el operador había realizado cambios en la titularidad de las líneas móviles de usuarios en modalidad prepago antes de cumplirse dos meses de inactividad, esto en contra de la regulación vigente. Asimismo, se encontró que la empresa modificó, de manera unilateral, las condiciones contractuales inicialmente pactadas en sus planes denominados: Internet Móvil, Tigo Control, Arma Tu plan y Tigo Control Corporativo 4, a los planes Pospago 5.11, Pospago 5.2 y Pospago 5.3, amparado en un presunto cambio tecnológico al interior de la compañía.