A partir del 22 de agosto de 2025, el transporte de materiales de construcción como el ladrillo, teja de barro, piedra, grava, arena, tierra, yeso, balasto, mármol y madera, entre otros productos especiales, deberá ser reportado de manera obligatoria en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC). La medida, anunciada por el Ministerio de Transporte, busca formalizar el sector y mejorar la planificación logística en el país.
Según el comunicado del ministerio, la nueva regulación exige que todos los propietarios, tenedores y conductores de vehículos de servicio público registren la operación de transporte de estos productos en el sistema RNDC antes de iniciar cada viaje.
Además de los materiales de construcción, la lista de “productos especiales” incluye animales vivos, productos de origen animal como huevos y leche, productos elaborados como cerveza y refrescos, y derivados del petróleo, además, del carbón mineral y el gas propano.
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