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Teletrabajo, Forma de Organización Laboral Vanguardista

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Colaboración especial: María Paula Pérez Gómez – Abogada Universidad Eafit

Foto: www.sxc.hu (Autor: Celal Teber)

La idea del teletrabajo nació en los 70 en Estados Unidos. En Colombia, la creación de la ley 1221 de 2008 pretendía regular todo el tema de teletrabajo en aras de evitar perjuicios a los trabajadores.
La idea del teletrabajo nacío en Estados Unidos cuando el físico americano Jack Nilles en la época de los 70 en medio de la crisis del petróleo consideró como vía para maximizar los recursos, llevar el trabajo a los empleados bajo el concepto de “telecommuting”. No obstante, se encontró con grandes obstáculos pues para la época el desarrollo de los medios electrónicos y tecnológicos no había avanzado mucho, impidiendo que el trabajo a distancia tuviera la acogida esperada.
Varios años más tarde, ante una situación de globalización inminente y el desarrollo de tecnologías de avanzada que permiten la comunicación a distancia, se logró desarrollar el teletrabajo como una opción posible para desempeñar las labores ordinarias que se ejecutaban en un espacio físico determinado por el empleador, permitiendo desarrollar gran variedad de tareas a distancia, sin importar en principio la locación del sujeto que las está ejecutando.
Para llevar a cabo la implementación de la nueva modalidad de trabajo en Colombia, se analizó la evolución que el teletrabajo había tenido en otros países como Estados Unidos, España y Argentina. En consecuencia, con ayuda de juristas, el Gobierno y el Ministerio de la Protección Social analizaron el tema y finalmente se creó la Ley 1221 de 2008 por medio de la cual se establece el teletrabajo como “una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación – TIC para el contacto entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo”. 
Con la creación de la ley se buscaba regular todo el tema de teletrabajo en aras de evitar perjuicios a los trabajadores como una remuneración menor al salario mínimo, abusos del horario para la realización de las actividades o la carga de subsidiar costos que le corresponden al empleador. Además, por medio de tal norma se deja claro que, si bien el teletrabajo es una forma más flexible de realizar las actividades laborales, debe existir un acuerdo entre las partes para que esta modalidad pueda funcionar de forma adecuada, ya que tanto los empleadores como los trabajadores tienen obligaciones y responsabilidades que se deben cumplir bajo la figura de un acuerdo mutuo.
Aunque la Ley 1121 de 2008 deja la apariencia de regular todo el tema del teletrabajo no dio los resultados esperados y por el contrario, obtuvo severas críticas al ser considerada una ley precaria que dejó varios temas sin analizar como limitarse a decir que los teletrabajadores tendrían los mismos derechos en seguridad social, salud, pensiones e indudablemente, riesgos profesionales consagrados en la legislación colombiana para un trabajador común, lo cual en realidad no es aplicable en su integridad a los nuevos desafíos que impone el teletrabajo.
Para fortalecer y subsanar los vacíos con los cuales surgió la Ley 1221 se creó la Secretaría Técnica para el Sector del Teletrabajo conformada por los ministerios de la Protección Social, Comercio Exterior y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; el Departamento Nacional de Planeación, el Senado de la Republica, el Departamento Nacional de la Fundación Publica, la Empresa de Teléfonos de Bogotá, la Fundación Cetelco, la Fundación Social Volver y el Sena.
La Secretaría Técnica para el Sector del Teletrabajo busca estudiar la Ley 1221 y detectar las debilidades que deben ser solucionadas si se quiere que la política del teletrabajo en Colombia tenga éxito, encontrando que se requieren urgentemente cambios en la ley, ya que dentro de la misma existen vacíos que deben ser regulados, como; incluir dentro de la norma el tema de los accidentes de trabajo en el lugar de residencia del trabajador y su demostración probatoria; enfatizar y reglamentar el tiempo durante el cual el teletrabajador debe prestar un servicio; entre otros temas que se espera sean regulados pronto para llegar a una óptima aplicabilidad de esta modalidad de trabajo.
Envíe los comentarios de este artículo a Mperezg1@eafit.edu.co

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