La Comisión Cuarta del Senado aprobó 55 artículos de la reforma, los cuales, incluyen el artículo 17 que establece una prima extraordinaria para trabajadores de empresas que registren un crecimiento igual o superior al 4,0 % en ventas o producción frente al año anterior.
La nueva prima será adicional a las primas legales vigentes y aplicará a todos los empleados con contrato laboral en las empresas que cumplan con el requisito de crecimiento. El valor será un porcentaje del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) y variará según el tamaño del empleador: 20,0 % para microempresas, 30,0 % para pequeñas y medianas, y 40,0 % para grandes empresas.
La medida busca incentivar la productividad y reconocer el desempeño empresarial, al tiempo que mejora el ingreso de los trabajadores. Además, se contempla un beneficio tributario para los empleadores, que será reglamentado por el Gobierno nacional. La nueva prima entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2027 y forma parte del paquete de artículos ya aprobados en el marco del debate de la reforma laboral en el Congreso. El Ministerio de Trabajo ha defendido esta disposición como un mecanismo que promueve la equidad y el crecimiento económico sostenido.
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