La Corte Constitucional ha declarado inexequible el decreto emitido por el gobierno que limitaba la operación del sector minero en La Guajira, como parte de las medidas de emergencia social y económica para abordar la crisis humanitaria en la región. Esta decisión marca la inconstitucionalidad de 13 de las 14 normas expedidas para atender la emergencia en el departamento, de acuerdo con Portafolio.
El decreto 1277 restringía la adición o prórroga de contratos mineros y la autorización de expansiones, además de prohibir nuevas actividades de minería de carbón en áreas acuíferas y alteraciones del cauce natural del río Ranchería.
Aunque la Corte salvó la declaración de La Guajira como zona de protección especial del agua, priorizando su uso para consumo humano, se estableció el plazo de un año a partir de la inexequibilidad para aplicar esta disposición.
Sólo queda un decreto pendiente de revisión por parte del tribunal, cuya decisión se espera en enero del próximo año.
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