El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 2161 de 2025, mediante la cual se establecen los nuevos criterios para la autorización y funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en el país. La medida busca adaptar la operación del aseguramiento al nuevo Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, mediante un proceso de territorialización que organiza la gestión en “subregiones funcionales”.
Según la Resolución 2161 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud actualizará las autorizaciones de las EPS aplicando nuevos límites. La resolución establece en total 8 tipos de subregiones, donde 5 son de categoría general y 3 de categoría especial, entonces, las subregiones de categoría “Nodal Intermedia Mayor” podrán tener hasta 5 EPS; las “Rural Integrada Mayor” hasta 3 EPS; y las de “Alta Dispersión” o “Etnocultural” tendrán solo una EPS. Las EPS autorizadas deberán contratar al menos el 60,0% del gasto en salud con las Empresas Sociales del Estado (ESE) del municipio. Como excepción, las EPS que tengan más del 20,0% de los afiliados a nivel nacional recibirán autorización para operar en todo el país.
La resolución también establece las reglas para la asignación de afiliados cuyas EPS actuales no reciban autorización en su subregión. El Ministerio de Salud asignará esta población a las EPS receptoras, y aclara que los grupos familiares con pacientes de alto costo o mujeres gestantes serán reasignados de forma aleatoria y proporcional. Una vez la Superintendencia expida las autorizaciones actualizadas, las EPS tendrán un plazo de un (1) año para ajustar su operación a las nuevas condiciones de habilitación.
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