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El Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones (MinTIC) presentó esta semana el Decreto 555 de 2020 a través del cual adopta medidas para contrarrestar los efectos de la actual situación de emergencia derivada de la pandemia del Covid-19. Dentro de las determinaciones se encuentra limitar la suspensión de los servicios de telefonía móvil y telecomunicaciones.
El Decreto declara como servicios públicos esenciales la radiodifusión sonora, la televisión y los servicios postales, por lo cual, para garantizar su disfrute por parte de los colombianos, los proveedores de estos servicios no podrán frenar las actividades relacionadas con la instalación, mantenimiento y adecuación de redes necesarias para la prestación de los mismos.
En relación con los planes pospago de telefonía móvil que no superen un costo mensual de 71.214 pesos, cuando el usuario incurra en impago del servicio se le concederán 30 días adicionales a los pactados para el pago de la factura y se le mantendrán unos servicios mínimos que le permitan estar comunicado, si pasados los 30 días el usuario no se pone al día se le garantizarán 200 mensajes de texto y el acceso a 20 URL definidas por el MinTIC que le permitan acceder a servicios de salud, emergencias y educación.