La Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) emitió tres resoluciones vinculantes que exigen el desmantelamiento de las barreras comerciales impuestas entre Colombia y Ecuador desde finales de 2025. Tras calificar estas medidas como contrarias al marco jurídico andino, el organismo internacional otorgó un plazo de diez días hábiles para que ambos países normalicen sus flujos comerciales. Esta decisión busca restablecer la libre circulación de mercancías y eliminar los sobrecostos que afectan actualmente a los empresarios de la subregión.
Industria: análisis y cifras
Según la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), Ecuador debe retirar de inmediato la denominada “tasa de seguridad aduanera”, la cual llegó a imponer aranceles de hasta el 100,0% a productos colombianos. Simultáneamente, la resolución obliga a las autoridades ecuatorianas a reabrir el paso fronterizo de San Miguel para el intercambio comercial general. Por su parte, Colombia tiene la orden de eliminar los aranceles recíprocos de hasta el 75% establecidos mediante decretos recientes y levantar las restricciones de ingreso terrestre impuestas en las aduanas de Ipiales y Puerto Asís.
El incumplimiento de estas órdenes antes del 22 de mayo de 2026 podría desencadenar sanciones ante el Tribunal Andino de Justicia, incluyendo la autorización para suspender beneficios arancelarios entre las naciones. La SGCAN determinó que argumentos basados en “seguridad nacional” o “retaliación” no justifican la violación de los acuerdos de libre comercio del bloque. Con esta medida, se espera que el comercio bilateral recupere la estabilidad operativa y jurídica necesaria para el fortalecimiento de la industria regional.
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