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Emergencia económica declarada por el Gobierno habilita la reconstrucción de 450 vías afectadas por el terremoto

Emergencia económica declarada por el Gobierno habilita la reconstrucción de 450 vías afectadas por el terremoto

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El Gobierno Nacional declaró, en la noche del miércoles 19 de agosto, el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en 15 departamentos del país, mediante el Decreto 1261 de 2026, firmado por el presidente Abelardo de la Espriella. La medida, con una vigencia de 30 días calendario, busca habilitar herramientas jurídicas extraordinarias para atender la tragedia dejada por el sismo de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado 10 de agosto, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, y que hasta la mañana del 19 de agosto acumulaba 393 réplicas registradas. La declaratoria rige en Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre, y podrá extenderse a otros municipios donde se compruebe una afectación directa derivada del fenómeno. El decreto ordena, además, que el Ministerio del Interior rinda un informe motivado al Congreso y que el texto sea remitido a la Corte Constitucional para su revisión.

Según el diario Infobae, el decreto documenta afectaciones directas en 471 municipios. El reporte oficial de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) contabiliza 30.803 viviendas destruidas, 151.433 averiadas y 302 edificios colapsados, junto con 3.513 centros educativos, comunitarios y de salud afectados. En materia de infraestructura vial, el balance registra daños en 450 vías, 70 puentes vehiculares, 14 puentes peatonales, 110 acueductos y cinco aeropuertos, entre ellos los de Pereira y Cartago, que a la fecha del decreto permanecían fuera de operación por daños graves. El propio documento advierte que estas cifras podrían aumentar por las dificultades de verificación en zonas rurales de difícil acceso.

El impacto económico preliminar calculado por el Gobierno asciende a $30,0 billones, cerca del 1,8% del Producto Interno Bruto, mientras el Servicio Geológico de los Estados Unidos (USGS) ubica el rango más probable de pérdidas entre USD 1.000 millones y USD 10.000 millones. El decreto explica que el cupo de endeudamiento anual aprobado por el Congreso, de USD 17.273,1 millones, y la subcuenta principal del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con apenas $47.265,8 millones disponibles para la línea de manejo de desastres, resultan insuficientes frente a la magnitud del desastre.

Para ampliar la capacidad financiera, la emergencia habilita al Ejecutivo a expedir decretos legislativos que permitan usar, a título de préstamo, recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización del Sistema General de Regalías, ampliar el mecanismo de Obras por Impuestos y disponer de activos administrados por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), según explicó el diario Portafolio. Antes de la declaratoria, el Instituto Nacional de Vías (Invías) ya reportaba, con corte al 14 de agosto, un avance del 86,2% en la atención de 113 puntos críticos identificados en los corredores nacionales, de los cuales 51 estaban totalmente habilitados y 62 operaban a un solo carril, según cifras de la ministra de Transporte, Elsa Noguera, citadas por el portal Semana.

Para Sectorial, el decreto de emergencia económica marca un punto de inflexión frente a anteriores desastres naturales en el país: por primera vez en este ciclo, la reconstrucción de la red vial nacional queda anclada a un marco jurídico excepcional que le permite al Gobierno saltarse los trámites ordinarios de contratación y presupuesto, en lugar de depender exclusivamente del trámite legislativo convencional. La brecha entre los 113 puntos críticos que Invías ya intervenía antes del decreto y los 450 corredores que reconoce el balance oficial evidencia que la magnitud del daño superó ampliamente la capacidad de respuesta ordinaria, y explica por qué el Ejecutivo activó esta figura constitucional de uso excepcional. El reto, sin embargo, no es solo jurídico, sino de ejecución: los 30 días de vigencia de la emergencia alcanzan para estructurar la financiación, pero las obras físicas de reconstrucción vial deberán tramitarse por la vía presupuestal ordinaria en los meses siguientes.

La reconstrucción de la infraestructura vial abrirá nuevas dinámicas de contratación, financiación y riesgo para el sector de la construcción y la infraestructura en los próximos meses. Consulte el Índice de Desempeño Sectorial para monitorear en detalle el comportamiento financiero, normativo y comercial del sector de infraestructura durante el proceso de reconstrucción.

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