La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud implementar nuevamente una norma que establece distancias mínimas entre farmacias y droguerías, buscando garantizar la accesibilidad y disponibilidad de medicamentos en Colombia. Esta disposición había sido eliminada por un decreto, decisión que el alto tribunal consideró fuera del marco legal.
De acuerdo con el diario El Tiempo, la Sala Plena señaló que suprimir esta regulación no contribuyó al fortalecimiento de los mecanismos contra la corrupción, que era el objetivo del decreto original. Por el contrario, la norma revivida persigue fines sociales como la racionalización de la distribución de farmacias en áreas comerciales, lo cual resulta clave para proteger el derecho a la salud.
El fallo subraya que eliminar la competencia del Ministerio de Salud para regular la ubicación de farmacias limitó de forma desproporcionada el acceso a medicamentos. Además, destacó que, aunque el presidente tiene la facultad de simplificar trámites, no puede eliminar aquellos esenciales para garantizar derechos fundamentales.
La Corte también instó al Estado a evitar decisiones que deterioren el derecho a la salud. Ahora, el Ministerio de Salud deberá tomar medidas para reactivar esta regulación y asegurar la disponibilidad de medicamentos en todo el país.
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