El Gobierno Nacional estableció la metodología para calcular el precio de paridad internacional que determinará el ingreso al productor del Aceite Combustible para Motores (ACPM). Dicho mecanismo diferencial aplicará exclusivamente a la flota de vehículos de servicio particular, diplomático y oficial que operan en el país. La medida busca ajustar las tarifas internas a las dinámicas del mercado global, asegurando la sostenibilidad fiscal y racionalizando los recursos del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), garantizando una prestación eficiente del servicio público sin afectar los tributos territoriales vigentes.
Según el proyecto de resolución publicado por los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía, la actualización del valor reconocido al productor tendrá una periodicidad estrictamente semanal. Para lograr dicho ajuste, se calculará un promedio simple basado en las cotizaciones internacionales diarias registradas durante los 5 días hábiles de la semana inmediatamente anterior. El monto resultante fungirá como límite mínimo y no podrá sobrepasar el precio de paridad de importación, entrando en vigor cada martes tras su obligatoria divulgación por parte de los agentes refinadores o importadores.
Para garantizar la total transparencia del proceso operativo, los distribuidores mayoristas asumirán la responsabilidad de comunicar los nuevos valores a toda su red de estaciones de servicio y a los comercializadores industriales correspondientes. Tal flujo de información deberá ejecutarse mediante canales electrónicos que permitan una trazabilidad completa, sirviendo como soporte ineludible para la fijación del cobro final en los surtidores. Semejante control resulta fundamental para que las autoridades competentes fiscalicen el cumplimiento normativo y eviten que cualquier beneficio tarifario sea desviado hacia consumidores no autorizados dentro del territorio nacional.
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