Archivo Sectorial
Como comerciante se entiende que es cualquier persona que practica actividades de comercio habitualmente o profesionalmente. Normalmente se presume que alguien es comerciante cuando está matriculado en Cámara de Comercio, tiene establecimiento de comercio abierto ante el público y se anuncia como comerciante públicamente.
La ley mercantil regula todos los actos de comercio en Colombia, a través de esta se establece una serie de obligaciones para el comerciante:
Matricularse en Cámara de Comercio, estas son entidades privadas que llevan el registro público de comercio, el cual es un archivo con toda la información acerca del comerciante.
Llevar contabilidad en libros registrados (Libro Diario, Libro Mayor y Estados Financieros)
Conservar la correspondencia mínimo por 10 años
Informar acerca de su mala situación financiera cuando se presente (Ley 1116)
Competir en forma leal
Documentos que se Deben Llevar a Cámara de Comercio
Todo comerciante debe matricularse en Cámara de Comercio y tiene un mes para hacerlo, en caso contrario es sancionado. Los documentos que se deben presentar a esta entidad son:
Capitulaciones matrimoniales, liquidación de la sociedad conyugal cuando alguno de los dos (marido o mujer) sea comerciante
Interdicción judicial
Prohibiciones de ejercer el comercio por competencia desleal o actos ilegales
Cargos públicos prohibidos como actos comerciales
Autorizaciones a menores de edad para ejercer el comercio
Otorgamientos de poder para manejo de bienes
Matrícula del establecimiento de comercio
Contabilidad
Embargos al establecimiento de comercio
Actos que impliquen reformas a los estatutos de la sociedad
Información si se es sociedad vigilada por alguna superintendencia
Actos de Comercio
Para que un acto de comercio se conciba así, debe estar definido en la ley
Compra de bienes con destino a enajenarlos
Adquisición de bienes para arrendarlos
Conseguir dinero para prestarlo (solo puede hacerlo las entidades financieras debidamente registradas)
Crear, vender, dar en prenda establecimientos de comercio
Negociar acciones
Constituir sociedades
Trafico de títulos valores
Operaciones bancarias, de bolsa, de martillo (subastas)
Representación de firmas extranjeras y nacionales, agencias de negocios, corretaje (intermediación)
Explotación de muelles, puertos, aeropuertos
Empresas de seguros
Transporte de personas o cosas
Compra de bienes para transformarlos (fabricas)
Actividades de espectáculo
Actividades de bodegaje
Actividades informativas, propagandas, editoriales
Construcción
Aprovechamiento y explotación de recursos naturales
Ensamblaje, reparación de vehículos
Todo acto que la ley denuncia como comerciales
Actos No Comerciales
Comprar para consumir o usar, o la enajenación de sobrantes
Creación de obras artísticas para posteriormente ser vendidas
Actividades agrarias, cuando no hay proceso
Profesiones liberales que se pueden ejercer de forma individual
El Estado solo interviene en el comercio cuando existe una liquidación obligatoria (evidencias de que la sociedad no es viable, la superintendencia envía un liquidador) y sanciones por competencia desleal.