El comercio en Colombia está regulado por la ley mercantil, que establece las actividades, obligaciones y requisitos que deben cumplir las personas que ejercen actividades comerciales de manera habitual o profesional.
Se considera comerciante a quien, además de ejercer actos de comercio, cumple con requisitos como estar matriculado en la Cámara de Comercio, tener un establecimiento abierto al público y anunciarse públicamente como tal.
Obligaciones de un Comerciante en Colombia
Todo comerciante en Colombia debe cumplir con varias obligaciones legales para ejercer su actividad de manera adecuada:
- Matricularse en la Cámara de Comercio: Inscribirse en el registro público de comercio, el cual almacena toda la información relevante sobre el comerciante.
- Llevar contabilidad organizada: Registrar y conservar los Libros Diario, Libro Mayor y Estados Financieros.
- Conservar la correspondencia: Guardar toda la correspondencia relacionada con la actividad comercial durante un mínimo de 10 años.
- Reportar situaciones de crisis financiera: Informar oportunamente sobre su mala situación económica conforme a la Ley 1116 de Insolvencia Empresarial.
- Competir de forma leal: Respetar las reglas de la competencia y evitar prácticas desleales.
Documentos que Deben Presentarse ante la Cámara de Comercio
Para formalizar su actividad, todo comerciante debe presentar ante la Cámara de Comercio varios documentos, entre los cuales se encuentran:
- Capitulaciones matrimoniales y liquidación de sociedad conyugal.
- Actos de interdicción judicial o prohibiciones legales para ejercer el comercio.
- Autorizaciones para menores de edad que deseen ejercer actividades comerciales.
- Poderes para administración de bienes.
- Matrícula del establecimiento de comercio.
- Información sobre embargos o reformas estatutarias.
- Notificaciones si se es una sociedad vigilada por una superintendencia.
Es importante matricularse dentro del primer mes de actividad; de lo contrario, el comerciante podrá ser sancionado.
Actos de Comercio según la Ley Colombiana
La ley define explícitamente qué actividades son consideradas actos de comercio en Colombia, entre ellas:
- Compra de bienes para su reventa o arrendamiento.
- Obtención de dinero para préstamos (por entidades financieras).
- Constitución, compra y venta de establecimientos de comercio.
- Negociación de acciones y tráfico de títulos valores.
- Constitución de sociedades comerciales.
- Operaciones bancarias, bursátiles y de subastas.
- Actividades de corretaje y representación de firmas.
- Explotación de puertos, aeropuertos y empresas de transporte.
- Actividades de espectáculos, bodegaje, propaganda, construcción y editoriales.
- Aprovechamiento de recursos naturales y actividades de ensamblaje o reparación de vehículos.
Además, todo acto que la ley catalogue como comercial se integra dentro de este listado.
Actos que No se Consideran Comerciales
No todas las actividades económicas son actos de comercio. Según la legislación colombiana, se excluyen:
- Compra de bienes para uso o consumo personal.
- Venta de obras artísticas creadas por el propio autor.
- Actividades agrarias sin transformación industrial.
- Ejercicio de profesiones liberales de forma individual.
Intervención del Estado en el Comercio
El Estado colombiano interviene en el comercio únicamente en situaciones específicas, como:
- Procesos de liquidación obligatoria, cuando se demuestra que una sociedad es inviable financieramente.
- Sanciones por competencia desleal, protegiendo la transparencia y equidad en el mercado.