Estados Unidos comenzó a aplicar el 24 de julio de 2026 un arancel de 12,5% sobre las mercancías colombianas que no figuran en el listado de exclusiones, una decisión que recae de manera concentrada sobre la industria manufacturera. El recargo fue adoptado por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) al cierre de una investigación bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 y reemplaza el gravamen temporal de 10,0% vigente desde febrero de 2026, por lo que ambos cobros no se acumulan y el incremento efectivo equivale a 2,5 puntos porcentuales. La medida rige para las mercancías ingresadas para consumo o retiradas de depósito desde las 12:01 a. m., hora del Este, y contempla un tratamiento transitorio para la carga que ya estaba en tránsito antes de esa hora, siempre que ingrese al mercado estadounidense antes del 28 de julio.
Industria: análisis y cifras
El nuevo porcentaje se suma al arancel ordinario o preferencial de cada partida, de modo que los bienes que ingresaban con tarifa cero bajo el acuerdo comercial bilateral también deben asumirlo. Entre los productos gravados figuran las confecciones, las manufacturas de plástico, la confitería, el chocolate terminado, los alimentos procesados, los cosméticos, las preparaciones capilares, los transformadores eléctricos y las flores frescas cortadas; mientras que café, banano, plátano, aguacate, piña, mango, petróleo crudo, carbón, oro, cacao en grano, medicamentos e insumos farmacéuticos quedaron por fuera del alcance del recargo.
Según el diario La República, el presidente de la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), Javier Díaz, estimó que el gravamen recae sobre cerca del 30,0% de las ventas externas dirigidas a ese destino. Sobre una base exportadora aproximada de US$15.000 millones anuales, el dirigente calculó que el universo afectado asciende a unos US$5.000 millones y que el país deberá pagar más de US$125 millones adicionales por concepto de este tributo. El gremio precisó que la determinación no cuestiona las condiciones laborales de la producción nacional, sino la ausencia de un instrumento jurídico que impida el ingreso al país de materias primas, insumos o bienes procedentes de terceros mercados donde sí se registra trabajo forzoso.
Por esa razón, Analdex solicitó al Gobierno expedir con prontitud el decreto que prohíba esas importaciones e incorpore criterios de riesgo, herramientas de trazabilidad, facultades efectivas de control aduanero y reglas de coordinación interinstitucional. El diferencial competitivo constituye el segundo frente de preocupación: Colombia quedó con una desventaja de 2,5 puntos porcentuales frente a Argentina, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras y México, que accedieron a la tarifa de 10,0%, y también frente a proveedores asiáticos como Bangladesh, Camboya, India, Indonesia, Malasia, Pakistán y Sri Lanka. En segmentos sensibles al precio, esa brecha puede modificar decisiones de abastecimiento, comprimir márgenes empresariales y alterar contratos de exportación ya pactados.
La cobertura del recargo, sin embargo, no cubre la totalidad de la oferta exportable. De acuerdo con Infobae, la presidenta de la Cámara Colombo Americana (AmCham Colombia), María Claudia Lacouture, señaló que entre 68,0% y 73,0% de la canasta exportadora conserva el ingreso con arancel de 0,0%, por lo que recomendó a las empresas revisar los anexos de la Sección 301 para confirmar la situación de cada código arancelario.
Aunque el arancel lo cancela formalmente el importador estadounidense, el costo puede trasladarse al exportador colombiano mediante menores precios de compra, al consumidor final mediante mayores precios de venta o repartirse entre ambos extremos de la cadena, con efecto directo sobre la rentabilidad de las plantas manufactureras nacionales.
De acuerdo con Sectorial, el efecto del recargo no se distribuye de manera uniforme dentro de la industria. Los eslabones de menor diferenciación, confecciones, manufacturas de plástico, cosméticos y alimentos procesados, concentran la exposición, y son precisamente los segmentos donde el precio final define la decisión de compra del comprador estadounidense. La brecha de 2,5 puntos porcentuales frente a México, Ecuador y Centroamérica resulta más determinante que el nivel absoluto de 12,5%, porque el país compite con proveedores que atienden los mismos canales con estructuras logísticas equivalentes o superiores.

Para conocer en profundidad cómo se comporta la industria manufacturera en Colombia, consulte el Índice de Desempeño Sectorial, revise los Reportes EXIM para revisar partida por partida el comportamiento de sus flujos de comercio exterior con Estados Unidos y los Foros Sectoriales para anticipar el rumbo de la política comercial bilateral.
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